PROVINCIAL

Bono al Trabajo de la Mujer: ¿Quiénes pueden recibir hasta $570 mil?

Las mujeres que son trabajadoras y jefas de hogar pueden optar por el Bono al Trabajo de la Mujer, un beneficio que es otorgado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) para asistir a las familias de mayor vulnerabilidad socioeconómica del país.

Pueden acceder a este aporte aquellas mujeres que tengan entre 25 y 59 años de edad, ayuda que es entregada de forman mensual o anual, según así lo decida la beneficiaria.

Para poder solicitar el Bono al Trabajo de la Mujer es necesario cumplir con una lista de antecedentes ya definida por el mismo Sence.

¿Quiénes pueden recibir el Bono al Trabajo de la Mujer?

Puedan optar por este beneficio, aquellas mujeres que cumplan con estos requisitos:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.278.446 durante el año calendario en que perciben el beneficio a través de pagos provisionales mensuales, deben acreditar una remuneración bruta inferior a 606 mil 537 pesos mensuales.
  • Estar al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud en el período en que se les concede el bono.
  • No trabajar en una institución del Estado o en una empresa que tenga participación pública superior al 50%.
  • No registrar solicitudes pendientes como beneficiarias del Subsidio al Empleo Joven.

¿Cuánto paga el Bono al Trabajo de la Mujer?

Pago mensual

  • Si la renta mensual es igual o inferior a $269.572: Se recibe desde $1 a $40.436.
  • La renta mensual es superior a $269.572 e igual o inferior a $336.965: Se recibe un monto cercano a $40.436.
  • Si la renta mensual es superior a $336.965 e inferior a $606.537: Se recibe desde $40.436 a $1.
  • Este es pagado el último día hábil de cada mes.

Pago anual

  • Si la renta anual es igual o inferior a $2.854.125: Se puede recibir desde $1 / a $570.825.
  • La renta anual es superior a $2.854.125 e igual o inferior a $3.567.657: Se recibe un monto cercano a $570.825.
  • Si la renta anual es superior a $3.567.657 e inferior a $6.421.781: Se puede recibir desde $570.825 a $1.
  • Este es pagado en la segunda quincena del mes de agosto.
Sebastian Reinoso

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