NACIONAL

Elecciones municipales 2024: ¿Qué documentos de identidad son válidos para votar en las elecciones?

Para este fin de semana, están fijadas las elecciones municipales y regionales en todo el territorio nacional, ¿pero sabes cuáles son los únicos documentos de identidad válidos que sirven para emitir el sufragio y si son válidos los que están vencidos?

Hay que recordar que, para ambas jornadas, millones de personas acudirán a las urnas en sus respectivos locales de votación para designar a las diferentes autoridades que ejercerán el cargo por los siguientes cuatro años, siendo alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales (cores) los electos.

¿Qué documentos de identidad sirven para sufragar en las elecciones?

Cada vez que un ciudadano se acerca a votar en elecciones oficiales en Chile, los vocales de mesa solicitan un documento de identificación para verificar y corroborar que se trata de la misma persona.

Según el mismo ente regulador, el Servicio Electoral (Servel), señala que los únicos dos documentos de identificación válidos para votar en las jornadas de elecciones son el carnet o cédula de identidad y el pasaporte.

¿Puedo votar con mi cédula de identidad vencido para las elecciones?

Con respecto a esto, de acuerdo con lo informado por el Servel, para estas elecciones de octubre, SÍ se podrá votar con el carnet vencido, sin embargo, dependerá exclusivamente de cierta fecha en adelante.

En específico, podrán utilizar su cédula de identidad para votar en esta ocasión, solo aquellos que tienen su documento vencido hasta un año antes de la elección.

Es decir, todos quienes tengan su carnet vencido entre el 27 de octubre del 2023 y el 27 de octubre del 2024, sí pueden votar en estas elecciones.

Por el contrario, quienes tienen una cédula de identidad caducada antes de la fecha indicada, o que sea más de un año, no podrán usar el documento para identificarse, siendo no válido para el sufragio.

¿Cuáles son las excusas para no votar?

Las razones por la cual se podrá excusar en caso de no asistir a emitir su voto, solo será válido por los siguientes motivos:

  • Estar fuera del país
  • Estar a 200 kilómetros de distancia del local de votación
  • Hallarse enfermo
  • Sufrir un impedimento grave

Ante cualquier caso descrito anteriormente, por no asistir a votar en las elecciones, es necesario acudir a una unidad de Carabineros y dejar una constancia, además, de guardar el comprobante, pero ojo, todo esto se debe efectuar EL MISMO DÍA DE LAS ELECCIONES.

Una vez recibida la citación del Juzgado de Policía Local, la persona debe acudir a excusarse ante el juez con el comprobante de la constancia realizada el día de las elecciones.

Sebastian Reinoso

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